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POLíTICA

Un radar para el problemático tramo de carretera

Jueves 14 de Noviembre del 2019 a las 01:23


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Aunque el problema de la velocidad alcanzada en el tramo de carretera de  Valduno que parte de Casa Nueva hasta el enlace con la vía a Paladín viene de atrás, este fin de semana ha vuelto a cobrar protagonismo debido al atropello mortal de un perro propiedad de Casa Dylsia que parece se escapó tras su dueña.

Se habían instalado unas bandas reductoras que en su momento fueron arrancadas y que el Ayuntamiento no consideró  oportuno volver a colocar.

Los vecinos reclaman de nuevo una solución apoyados por la portavoz de Ciudadanos en el Ayuntamiento Marián Sampedro. El equipo de Gobierno ha hecho público un informe técnico en el que aclara su postura y apuesta por la colocación de un radar.

El informe que se basa en la normativa de carreteras cita la Orden FOM/3053/2008 de 23 de septiembre de 2008 analizada por la Unión de Arquitectos de las Administraciones Púbicas,  señala:

Teniendo en cuenta la citada Instrucción, los criterios de implantación los criterios de implantación vienen condicionados por el artículo 3.2 que se trascribe:

3.2 Criterios de implantación

3.2.2 Limitaciones.-

No podrán instalarse reductores de velocidad salvo justificación técnica en los siguientes casos:

En los tramos de la red que no tengan consideración de travesía. A estos efectos, podrán considerarse como travesías aquellos tramos cuyo régimen de circulación, tráfico y usos sean similares al de éstas (por ejemplo, proximidades de rotondas en entornos periurbanos de las carreteras denominadas «vía parque», rondas urbanas, penetraciones urbanas, etc.), y su velocidad sea inferior a 50 km/h.

En los primeros 50 metros del comienzo de la travesía, cuando no exista «puerta de entrada» (sección en la que se garantiza una velocidad moderada).

En travesías cuya longitud sea inferior a 200 m.

En puntos donde la V85 supere los 60 km/h.

En los puentes o túneles u otras obras de fábrica singulares, y en los 25 m anteriores o posteriores.

En los tramos de travesías con pendiente superior al 5 por ciento.

En los tramos de travesías en que existan más de 2 carriles de circulación, salvo que exista mediana no franqueable de separación de sentidos.

En tramos de travesías con IMD superior a 5.000 vh, o una intensidad horaria punta superior a 300 vh.

En tramos de travesía con una IMD de vehículos pesados superior a 300 vh.

En las proximidades de las intersecciones no se colocarán Reductores de Velocidad del tipo «lomo de asno» para evitar que los peatones puedan confundirlos con pasos peatonales. En este caso sólo pueden ser utilizados los Reductores de Velocidad de tipo trapezoidal, siempre que existan pasos de peatones.

Por lo anterior sentencia:

 “Valduno no tiene suelo urbano, según la Ley de Carreteras no tiene la consideración de travesía. Además, teniendo en cuenta las intersecciones próximas y la pendiente de la vía de salida, no existe justificación técnica para recomendar este tipo de elemento para reducir la velocidad de vehículos  a su paso por Valduno.

Por ello, se considera que la medida mas adecuada para conseguir la reducción de la velocidad de vehículos a su paso por esta localidad  es la instalación de un radar de velocidad”

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