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Aprobación definitiva de la ordenanza municipal reguladora de la flexibilización de horarios con motivo de las fiestas locales y eventos singulares en el concejo

Lunes 26 de Febrero del 2018 a las 20:09


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El Ayuntamiento de Las Regueras ha querido recoger en una ordenanza la ampliación general de horarios con ocasión de las fiestas locales y otros eventos de interés.

El objeto de la presente Ordenanza es ejercer la competencia municipal regulada, por el que se regula el régimen de horarios de los establecimientos, locales e instalaciones para espectáculos públicos y actividades recreativas en el Principado de Asturias, sobre la ampliación del régimen de horarios de apertura y cierre aplicable a los establecimientos, locales o instalaciones establecido con carácter general en todo el territorio del concejo de Las Regueras, con ocasión de la celebración de fiestas locales o de espectáculos o actividades singulares, para acomodar su régimen de horario al derivado del establecido para los espectáculos públicos y las actividades recreativas que sean autorizadas con ocasión de la celebración de aquellas.

Días de ampliación de horarios.

Teniendo en cuenta la importancia y la tradición existente en este concejo en cuanto a la celebración de fiestas populares y patronales en los distintos pueblos y de otras actividades singulares, así como las fiestas de carácter local y otras actividades que se llevan a cabo en ciertos momentos del año, se establecen los siguientes días de flexibilización del horario de cierre, ampliándolo, y ello al margen de los días fijados con horario de cierre especial en el Decreto 90/2004:

 Los días señalados en los programas festivos de cada localidad con ocasión de las fiestas patronales o tradicionales, y sólo en los establecimientos, locales o instalaciones de la localidad en la que se celebren.

 Los días señalados por el Ayuntamiento de Las Regueras para celebración, en los establecimientos, locales o instalaciones del concejo en que se lleven a cabo, de los siguientes eventos singulares:

— Espectáculos festivos o musicales con ocasión del Certamen de Ganado Vacuno del concejo de Las Regueras.

— Espectáculos festivos o musicales con ocasión del Certamen de la Castaña Valduna.

 El Ayuntamiento se reserva la facultad de habilitar otros días distintos de los anteriores, hasta un máximo de diez días al año, con idéntica flexibilización de horario, en previsión de que se realicen actividades de tipo festivo, espectáculos u otros eventos singulares no descritos en los apartados anteriores. Tales días adicionales se fijarán mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia, en función de tales fiestas, espectáculos o eventos.

—Ampliación de horarios.

En las fechas señaladas en el artículo anterior, se amplía en dos (2) horas el horario de cierre respecto al que tengan establecido en la normativa vigente del Principado de Asturias, según la correspondiente licencia municipal concedida a cada establecimiento, local o instalación.

Dicha ampliación horaria, en ningún caso podrá superar las 6,00 horas del día siguiente a la apertura, excepto en aquellos establecimientos, locales o instalaciones, que tengan un horario de cierre más amplio, según la normativa vigente del Principado de Asturias; en cuyo caso deberá ser respetado, no pudiendo excederse del mismo.

—Tiempo mínimo entre el cierre y la siguiente apertura.

Para el caso de que el establecimiento, local o instalación se acoja a la ampliación de horario establecida en la presente Ordenanza, entre el cierre del mismo y la apertura siguiente, deberá transcurrir al menos un tiempo mínimo de dos (2) horas.

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